REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 30 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2002-000104
ASUNTO : PP11-P-2002-000104
RESOLUCÍON JUDICIAL
vista en audiencia especial, en virtud de la solicitud interpuesta por la defensora pública abg. Narbis herrera parra, asistido en este acto por la defensora pública abg. Zulay Jiménez Soteldo. Acto seguido la juez cedió la palabra a la defensa, quien ratificó el escrito presentado por ante este tribunal en fecha 17/05/05, mediante el cual solicita se sirva el tribunal acordar lapso prudencial a la fiscalía del ministerio público al imputado Juan Carlos Gutiérrez, quien manifestó no tener nada que decir. Actuando como juez en función de control, en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerda al fiscal del ministerio público un lapso prudencial no mayor de 30 días a partir de la presente fecha a los efectos presente el respectivo lapso prudencial de conformidad con el artículo 313 del código orgánico procesal penal
LA JUEZ DE CONTROL Nº 1.
ABG. ANA DILIA GIL.
LA SECRETARIA
ABG. SOL DEL VALLE RAMOS.