REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 22 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PJ11-P-2001-000032
ASUNTO : PJ11-P-2001-000032


RESOLUCION JUDICIAL


Oídos en audiencia oral la Fiscal del Ministerio Público abg. Ismelda Figueroa, el acusado Julio Cesar Navas Franco y la defensora abg. María Ernesto Cova, la cual tuvo lugar el día de hoy, este Tribunal de Control N° 3 del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir de la siguiente manera:

Revisadas como fueron las condiciones que le fueron impuestas en fecha 19-06-2001, al acusado ciudadano JULIO CESAR NAVAS FRANCO, en virtud de la Suspensión Condicional del Proceso que se le otorgó a su favor y por cuanto se constato que el mismo no se sometió completamente a la vigilancia de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, ubicada en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa, ni tampoco cumplió con las presentaciones por ante la Prefectura del Municipio Agua Blanca, Estado Portuguesa, tal y como se demuestra con los oficios que corren a los folios 7, 8 y 11 de la segunda pieza, que conforma la causa, información que quedó confirmada por el mismo acusado en la audiencia, se acuerda conforme a lo señalado en el ordinal 2° del artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, ampliar el plazo de prueba a partir de la presente fecha por UN (01) año más, al acusado JULIO CESAR NAVAS FRANCO, titular de la cédula de identidad N°16.040.303, sometiéndolo a la vigilancia de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, ubicada en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa. Ofíciese lo conducente. Así se decide.

Abg. Omar Fleitas Flores
Juez Tercero de Control
La Secretaria

Abg. Mary Isabel Lacruz