REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 6 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2005-003772
ASUNTO : PP11-P-2005-003772


RESOLUCION JUDICIAL

Vista la solicitud de entrega del vehículo MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, TIPO SPORT WAGON, PLACAS KAG-22J, AÑO 1998, COLOR DORADO, interpuesta por el ciudadano Abg. JUAN FRANCISCO ALVARADO PALACIOS, actuando como apoderado judicial del ciudadano LUCIANO ANTONIO CECCARELLO YEPEZ, C.I. N°9.835.430, facultad que se acredita en el poder original que corre a los folios 37 y 38 de las actuaciones que conforman esta causa; este Tribunal para decidir observa previamente lo siguiente:

Cursa al folio 10, acta contentiva de denuncia de fecha 30-10-2002, interpuesta por la ciudadana ZENERE ROJAS RITA BEATRIZ, titular de la cédula de identidad 10.644.573, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Acarigua, Estado Portuguesa, en la cual dejó constancia del robo que se había perpetrado en su contra del vehículo MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, TIPO SPORT WAGON, PLACAS KAG-22J, AÑO 1998, COLOR DORADO, por parte de tres sujetos desconocidos que se encontraban portando armas de fuego.

Cursa al folio 20, EXPERTICIA y AVALUO REAL, de fecha 22-03-2005, emanada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estatal Trujillo, Estado Trujillo, practicada al vehículo MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, TIPO SPORT WAGON, PLACAS KAG-22J, AÑO 1998, COLOR DORADO, en la cual se concluyo que 1) Presenta la chapa que identifica el serial de carrocería con los dígitos FZJ809012345, se encuentra original suplantada; 2) Presenta el serial de chasis grabado en bajo relieve con los dígitos FZJ80909012345, se encuentra original; 3) Presenta desbastado el serial del motor; 4) Mediante el sistema de pulimentación y aplicación de sustancias restauradora de caracteres borrados sobre metal, no se logró obtener la numeración original de planta; 5) Presenta desbastada la cifra de seguridad y 6) La unidad en estudio porta placas de matriculación con las siglas KAG-22J.

Cursa al folio 28, copia simple del titulo de propiedad de fecha 05-10-2001, perteneciente al vehículo marca Toyota, modelo Lan Cruiser VX, año 1998, color beige, clase camioneta, tipo Sport-Vagón, uso particular, placas KAG22J, serial de carrocería FZJ809012345, serial del motor 1FZ0354770, a nombre de CECCARELLO YEPEZ LUCIANA ANTONIO, emanado del Servicio Autónomo de Transporte y Tránsito Terrestre.

Ahora bien, se desprende de la denuncia que fue anteriormente señalada que el vehículo relacionado con la presente causa, fue robado en fecha 30-10-2002, por sujetos desconocidos a la ciudadana Zenere Rojas Rita Beatriz, esposa del ciudadano Ceccarello Yépez Luciano Antonio, quien es el propietario del vehículo en cuestión, según consta del documento en copia simple que se encuentra inserto al folio 28, presumiéndose también que a consecuencia de ese robo fueron desbastados y suplantados los seriales del mismo, por personas aún por identificar, por lo que, para no causarle un daño mayor al propietario del vehículo y mientras se concluye la investigación y se determina los responsables de este hecho penal, lo procedente y ajustado a derecho conforme a lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, es ordenar su entrega en calidad de depósito al ciudadano Juan Francisco Alvarado, (poderdante del ciudadano Ceccarello Yépez Luciano Antonio), quien quedará obligado a presentarlo por ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público y por ante este Tribunal cada vez que sea requerido, igualmente no podrá enajenarlo, gravarlo, ni realizar ningún tipo de transacción comercial con el mismo. Así se decide.

DECISION

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LA ENTREGA, en calidad de depósito, conforme a lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, del vehículo marca Toyota, modelo Lan Cruiser VX, año 1998, color dorado, clase camioneta, tipo Sport-Vagón, uso particular, placas KAG-22J, serial de carrocería con los dígitos FZJ809012345, se encuentra original suplantada; serial de chasis grabado en bajo relieve con los dígitos FZJ80909012345 en original; serial del motor desbastado; cifra de seguridad desbastada, al ciudadano JUAN FRANCISCO ALVARADO PALACIOS, titular de la cédula de identidad N°4.200.323, por encontrarse debidamente facultado para solicitar la entrega del mismo según se demuestra en poder original que corre a los folios 37 y 38 de la causa. El referido vehículo deberá ser presentado por ante la Fiscalía Tercera y por ante este Tribunal cada vez que sea requerido y no podrá el solicitante enajenarlo, gravarlo, ni realizar ningún tipo de transacción comercial con el mismo.

Notifíquese al ciudadano Juan Francisco Alvarado y a la Fiscalía del Ministerio Público. Líbrese oficio dirigido al Estacionamiento Judicial Unión, Municipio Bocono, Estado Trujillo ordenando la entrega respectiva. Remítase en su oportunidad el expediente a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, a los fines de ley.


Abg. Omar Fleitas Flores
Juez de Control N°3

La Secretaria

Abg. Mary Isabel Lacruz