REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 2 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2004-001337
ASUNTO : PK11-X-2005-000026

ASUNTO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO


EXPERTO BELLA PACHECO.

Vista la Libertad hecha por el ciudadano Fiscal Primero del Ministerio Público, Dr. Moisés Cordero, que le apertura el procedimiento de multa a la experta Bella Pacheco adscrita al Cuerpo de Investigaciones Penales Criminalisticas y a los funcionarios policiales (testigos) Distinguidos Iván Colmenarez y Pedro Salcedo y del agente Rubén Hernández, quienes no comparecieron al Juicio Oral y Público celebrado en la causa PP11-S-2004-1337, seguido al acusado NIXON RAFAEL SALAS ESCOBAR, por la supuesta comisión del delito de Hurto Calificado y donde estaban promovidos en calidad de expertos y testigos, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 171 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena la apertura del procedimiento de multa y la consecuencia ordenado.
Primero: Verificar a través de la secretaria de este Despacho y la oficina de alguacilazgo si los prenombrado funcionarios se encontraban realmente citados para la celebración del ante señalado juicio.
Segundo: En caso de verificase su citación se ordena su notificación para que comparezcan ante este Tribunal dentro de los tres (3) días seguidos después de citados a exponer las razones de su incomparecencia y todo cuanto en su favor tenga a bien exponer.
Se ordena a secretaria aperturar cuaderno separado donde se certifique acta de audiencia de juicio la cual corre inserto en la presente causa y el presente auto. Se ordena notificar a la ciudadana BELLA PACHECO de la presente decisión. Cúmplase.

Dado, sellado, firmado y refrendado en la sede de este Juzgado de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, a los dos días del mes de Junio del año dos mil cinco.
El Juez de Juicio N° 01


Abg. Manuel Pérez Pérez
La Secretaria

Abg. Ivette Monsalve García.

Ap.