Vista la Solicitud suscrita por la ciudadana AMADA DEL CARMEN CASTILLO, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 4.609.001, asistida por el Abogado en ejercicio PEDRO LEON DAZA FREITEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.4780; actuando en representación de sus hermanos JULIA JOSEFINA CASTILLO, JOVITA ARSENIA CABRERA CASTILLO, MARITZA DEL CARMEN CABRERA CASTILLO, JOSE MANUEL CABRERA CASTILLO, Y JOHNNY JOSE CASTILLO (Difunto), y de los niños ............, Titulares de la Cédula de Identidad Nro. 4.608.848, 5.951.456, 5.951.457, 9.561.106 y 12.091.482, respectivamente, los dos últimos menores de edad; hijos de quien en vida se llamó MARIA DE LOS REYES CASTILLO, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad N° 1.123.260, quien fallece en fecha 18 de Agosto de 2.004, tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Defunción N° 756 que anexan a la solicitud; y copias certificadas de las Partidas de Nacimiento números la primera inserta en el folio cuatro (4), 1106,571, 444, 455, y 1654, respectivamente, anexas a la solicitud; motivo por el cual pide se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de MARIA DE LOS REYES CASTILLO, quien era madre de los ciudadanos JULIA JOSEFINA CASTILLO, JOVITA ARSENIA CABRERA CASTILLO, MARITZA DEL CARMEN CABRERA CASTILLO, JOSE MANUEL CABRERA CASTILLO, Y JOHNNY JOSE CASTILLO (Difunto), y de los niños ..........., e igualmente pide se declaren a las personas que en su oportunidad presentará.
En fecha 08-12-04, se admite la solicitud ordenándose la publicación de un Cartel de Notificación en un Diario de ámplia circulación Nacional y librar Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente. En fecha 03-05-05 fue agregado ejemplar del Diario “El Nuevo País” de fecha 03-03-05, en la cual aparece publicado en la página 15 un cartel de Notificación. Vencido el lapso indicado en dicho Cartel para la presentación de los testigos, en fecha 16-02-05, los mismos, una vez cumplidos los tramites se identificaron de la manera siguiente: CARUCI GLADYS CORTEZA y CARMEN FAUSTINA TORRES venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad números 3.527.911 y 5.951.139, en su órden, ambos fueron contestes al momento de testimoniar en sus declaraciones insertas a los folios 28 y 29, respectivamente.
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