En fecha 17-06-05, se recibió escrito Proveniente de la Defensoría Pública del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito del Estado Portuguesa y anexa Acta de Régimen de Visita convenida por las ciudadanos PEREZ CAMACHO FIDEL RAMON y YOLY ELIZABETH PEREZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, el primero soltero y de ocupación vigilante, y la segunda ama de casa, domiciliados en el primero en la calle 45-A, entre calles 34 y 35, casa Nro. 34-50, Barrio Andrés Eloy Blanco, Acarigua, Estado Portuguesa, y la segunda en la calle 35, con la avenida 44 y 45, Nro. 22-30, Barrio Bella Vista I, Acarigua, Estado Portuguesa, Titulares de Cédula de Identidad Nro. 9.838.777 y 13.228.332, respectivamente, padres de la niña ........, de nueve (9) años de edad, y exponen lo siguiente: …”Yo PEREZ CAMACHO FIDEL RAMON, ya identificado, quiero disfrutar con mi hija los fines de semana de manera alterna el día sábado desde las 10:00 AM, hasta el domingo hasta las 7:00 PM, en las vacaciones escolares (desde el 15 de Julio hasta el 15 de Septiembre), disfrutare un mes con mi hijas comenzando este año a partir del 15 de Agosto, en la época de Diciembre 24, 25, 31 y 1 de enero de cada año serán disfrutado con los padres de manera alterna, el día del padre y de la madre lo disfrutará con quien le corresponda, carnaval y semana santa lo disfrutara con los padres de manera alterna”…, y “ Yo, YOLY ELIZABETH PEREZ PEREZ, arriba identificada, en pleno uso de mis facultades acepto el REGIMEN DE VISITAS planteado por el padre de mi hija” , ciudadano PEREZ CAMACHO FIDEL RAMON. Se recibió dicha Acta por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Acarigua en fecha 17-06-05, para su respectiva HOMOLOGACIÓN.
Al folio No. 03, Y 04 corre inserta acta de Régimen de Visita, hecha por ante la Defensoría Pública.
Al folio No. 05 corre inserta Original de la Partida de Nacimiento de la Niña ......
Al folio No. 07, auto de Admisión.
Al Folio No. 08, corre inserto diligencia de fecha 14/03/03, donde las ciudadanos PEREZ CAMACHO FIDEL RAMON y YOLY ELIZABETH PEREZ PEREZ, solicitaron al Tribunal Homologue el presente Convenimiento.