JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO PORTUGUESA.-


Agua Blanca, 30 de Junio del 2.005.-
194° y l45°.




Cursa por ante este Tribunal, procedimiento de FIJACION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, intentada por la Ciudadana: GRISMILDA VARGAS ORTIZ, en contra del Ciudadano: SAMUEL DARTO PEREZ, la cual se encuentra paralizada desde el día 10 de Diciembre del Año 2.003, por falta de Actividad procesal de la parte Actora. Por lo cual este Tribunal, procede a declarar la Perención de la Instancia en virtud de que hasta la presente fecha ha transcurrido Un (01) Año, seis (06) meses y veinte (20) Días desde su Paralización. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil………………………………………….
Por las razones expuestas, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente Juicio, ordena el Archivo del presente Expediente y la Notificación de las partes………………………………………
Dado, Firmado, Sellado y Refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a los Treinta días del Mes de Junio del Año Dos Mil Cinco. Años l94° de la Independencia y 145° de la Federación.


La Juez Temporal.


Abg. Marvis Maluenga de Osorio.
La Secretaria


Abg. Doris Aguilar.

Causa N° 30-2003