Vista la conciliación celebrado entre las partes Ciudadanos: YOSMAR DEL CARMEN MORON Y JOSE ALBERTO BASTIDAS, titulares de las Cédulas de Identidad Ns. 13.728.223 y 10.053.888, donde el Ciudadano: JOSE ALBERTO BASTIDAS, se comprometió a pasarle la cantidad de: CINCUENTA MIL BOLIVARES (50.000,00), mensuales, por concepto de Obligación Alimentaria, el doble de la cantidad en los Meses de Septiembre y Diciembre de cada año, para útiles escolares y estrenos decembrinos y medicina cuando lo amerite, a favor de su Hijo XXXXX