REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA UNIPERSONAL No. 01
Guanare, 02 de junio de 2005
195° y 146º

Por cuanto se evidencia de que los niños GENESIS AYDEE PEREZ MORENO, HAIDE DEL CARMEN PEREZ MORENO, ANTHONY JOSUE PEREZ MORENO, MONICA MARIA PEREZ MORENO, se encuentra residenciados en la ciudad de San Carlos Estado Cojedes. En consecuencia, siendo el caso, que los niños se encuentran domiciliados en esa población, y como quiera que de conformidad con lo establecido en el articulo 453 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, es la residencia de los niños o adolescentes la que dictamina la competencia, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declina la competencia al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial estado Cojedes, ubicado en la ciudad de San Carlos estado Cojedes, a donde se acuerda remitir el expediente. Désele salida y remítase con oficio. Libre oficio.

La Jueza,

Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.

La Secretaria,

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Exp. No. 0521
Liliana B.-