REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL No 01
Guanare, 09 de Junio de 2005
195° y 146°

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos RAFAEL ERNESTO BERRIOS TORRES y GLORIA ESPERANZA CASTELLANO GARCIA, por ante este despacho en el día de hoy, sobre el REGIMEN DE VISITAS, en beneficio de sus hijos la adolescente MARYURI YESENIA BERRIOS CASTELLANO y los niños MARYELIN USEBIA BERRIOS CASTELLANO, SERGIO JOSE BERRIOS CASTELLANO y MARYULY SARAHI BERRIOS CASTELLANO, que consiste en que el padre buscará a sus hijos los días viernes de cada semana, en el hogar donde residen con la madre a las 6:00 de la tarde y los regresará los días próximos Domingos a las 7:00 de la noche; en las vacaciones escolares serán compartidas, el primer mes estarán con el padre y el resto con la madre, en carnavales los primeros dos días con el padre y los siguientes con la madre, en semana santa la mitad de las días con el padre y el resto con la madre, en el mes de Diciembre el 24 lo pasarán con el padre y el 31 con la madre, alternándose en las fechas los próximos años. Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los hermanos en cuestión, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerdan las copias simples solicitadas. Cúmplase.

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La Jueza,

Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.

La Secretaria,

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Milanyela p
Exp. Civil No 5273