REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Quince de Junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: KP02-S-2005-006439
Visto el escrito y los recaudos que lo acompañan, presentados por la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público a instancias de la ciudadana IRENE MARIA FURIATI DE CACERES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.736.910, quien actúa en representación de su hijo Identificación omitida dando cumplimiento al articulo 65 de la lopna, de 13 años de edad, mediante el cual solicita se le expida autorización para viajar a los Estados Unidos de Norteamérica, específicamente a la ciudad de Miami, en su compañía, durante el lapso de vacaciones escolares, el Tribunal, después de revisarla Niega la Admisión de acuerdo a lo previsto en el artículo 392 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, evidenciándose en la revisión de las actas que el padre del adolescente, ciudadano FRANCISCO JAVIER JESUS CACERES ARANDA, no se opone a otorgar el consentimiento para el presente viaje; este Tribunal le hace saber a la solicitante que este Juzgado interviene judicialmente solo cuando uno de los padres este en desacuerdo con dicho viaje como lo estipula el artículo 393 ejusdem., y que para obtener dicha autorización puede tramitarla expidiendo el padre un documento autenticado ante Notaria o por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente.
En consecuencia, dese por terminado el presente asunto, y remítase al archivo judicial para su conservación y archivo definitivo. Hágase entrega a la parte solicitante de los originales que solicite y déjese en su lugar copias certificada de los mismos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, el 15 de Junio de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
La juez de Juicio N° 1

Abog. ADA SUAREZ REQUES
La Secretaria

Abog. SANDY ARRIECHE.
Exp. KP02-S-2005-006439
Viaje y Pasaporte
Martha.-