REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua

Acarigua, 10 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2003-000246
ASUNTO : PP11-P-2003-000246

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial, en fecha 10 de Febrero de 2005, mediante la cual Absuelve a los ciudadanos PEDRO ANTONIO PÉREZ, venezolano, mayor de edad, de 31 años de edad, titular de la cédula de Identidad No. 17.862.920 y residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, calle 49 con avenida 45 casa S/N de la ciudad de Acarigua; CARLOS ENRIQUE SOTO VARGAS, venezolano, mayor de edad, de 26 años de edad, titular de la cédula de Identidad No. 15.339.380 y residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, calle 7 casa número: 2-45 de la ciudad de Acarigua; OSCAR EMILIO NOGUERA, venezolano, mayor de edad, de 20 años de edad, titular de la cédula de Identidad No. 16.966.217 y residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, calle 44 con avenida 45 casa S/N de la ciudad de Acarigua; por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el primer aparte del Artículo 472 del Código Penal, cometido en perjuicio de la UNIDAD EDUCATIVA CURPA, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria y ordena la LIBERTAD PLENA de los ciudadanos PEDRO ANTONIO PEREZ, CARLOS ENRIQUE SOTO VARGAS y OSCAR EMILIO NOGUERA. Así mismo acuerda el cese de las Medidas Cautelares Sustitutiva de presentación periódica, impuesta a los prenombrados ciudadanos por el Tribunal de Control.

Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, a los ciudadanos PEDRO ANTONIO PEREZ, CARLOS ENRIQUE SOTO VARGAS y OSCAR EMILIO NOGUERA y a su defensora.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Librese lo conducente.


La Juez de Ejecución


Abg. Rosa Rodríguez de Brito

El Secretario


Abg. Pedro Romero




RRdeB/ir