REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 2 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2003-000309
ASUNTO : PP11-P-2003-000309
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria dictada por Tribunal de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua Estado Portuguesa, en fecha 31-01-2005, mediante la cual Condena a los ciudadanos José Ismael Mendoza Gonzalez y Felix María Quero, a cumplir la pena de Un (01) Año de Prisión, por la comisión del delito Abuso Sexual de Adolescente en Grado de Tentativa, previsto y sancionado en el Artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 259 primer aparte eiusdem y Artículo 80 primer aparte del Código Penal, en perjuicio de la menor Elizabeth Urbano Colmenarez; este Tribunal pasa a efectuar el Cómputo correspondiente de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se evidencia que los penados José Ismael Mendoza Gonzalez y Felix María Quero, fueron detenidos en fecha 19-07-2001 y puestos en libertad: José Ismael Mendoza Gonzalez en fecha 23-08-2001, y Felix María Quero en fecha 25-08-2001, por lo que hasta la presente fecha se encuentran en Libertad. Ahora bien, los referidos ciudadanos fueron privados de su Libertad por el lapso de: José Ismael Mendoza Gonzalez por UN (01) MES y CUATRO (04) DIAS, y Felix María Quero por UN (01) MES y SEIS (06) DIAS, para el cumplimiento total de la condena le faltan por cumplir a José Ismael Mendoza Gonzalez DIEZ (10) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS y a Felix María Quero DIEZ (10) MESES y VEINTICUATRO (24) DIAS, a tal efecto, cítese a los referidos ciudadanos para que comparezcan por ante este Despacho a fin de imponerlo del presente cómputo el día 08 de Marzo de 2004 a las 10:00 de la mañana. Cúmplase
Líbrese Copia Certificada de esta resolución al Director General de Custodia y Rehabilitación del recluso del Ministerio de Interior y Justicia, Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales, con sede en la ciudad de Caracas. Notífiquese a la Fiscal del Ministerio Público, a los ciudadanos José Ismael Mendoza González y Felix María Quero y a su defensor. Cúmplase.
La Juez de Ejecución
Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario
Abg. Pedro Romero
RRdeB/ir