REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSÉ VICENTE UNDA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.


CHABASQUÉN: 08 DE MARZO DEL 2005
AÑOS: 195° Y 146°.

EXP. N°: 330/2004.

PARTE DEMANDANTE: SIXTO JOSE LOPEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 1.215.520, y de este domicilio de Chabasquén, Municipio Unda de este Estado Portuguesa, representado por su Apoderado Judicial, ABOGADO: ANDRES SEGUNDO GUEDEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N°: 41.829.-

PARTE DEMANDADA: JUAN HILDEMARO BENEGAS TAMAYO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°: 4.370.868 y domiciliado en el Caserío Santa Rosa de Lima, de esta jurisdicción


MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO EN SU CONTENIDO Y FIRMA


SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

I

Vista y revisada la solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, este Juzgado a los fines de homologación respectiva, observa:

- Que en auto de fecha 18 de Mayo del 2004, SE ADMITIO y se le dio curso a la presente solicitud realizada por el ciudadano: SIXTO JOSE LOPEZ, ordenándose la citación del ciudadano: JUAN HILDEMARO BENEGAS TAMAYO, a los fines de que compareciera por ante este tribunal dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al de su citación.-
- Que con fecha: 27 de Septiembre del 2004, cursa comparecencia del alguacil de este Juzgado, consignando la boleta de citación del Ciudadano: Juan Hildemaro Benegas Tamayo, en el mismo estado en que le fue entregada, en virtud de que le fue imposible practicar la citación del mencionado ciudadano, ya que según información de habitantes del lugar, éste se encuentra actualmente en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, desconociéndose dirección exacta, tal como consta al folio tres (3).-
- Que en fecha: 24 de Febrero del 2005, se recibió diligencia promovida por el ciudadano: JUAN HILDEMARO BENEGAS TAMAYO, asistido por la abogado: MORELLA DEL CARMEN TORRES, inscrita en el inpreabogado bajo el N°: 90.358 mediante la cual se da por citado, tal como consta al folio siete (7).- y en esta misma fecha, compareció por ante despacho, el ciudadano: JUAN HILDEMARO BENEGAS TAMAYO, y manifestó que queda en cuenta que deberá comparecer por ante este Tribunal al tercer día de Despacho siguiente a partir de la fecha de su comparecencia: 24/02/2005, a las 11 a.m., a reconocer o no el respectivo instrumento privado.-
- Que en fecha: 01 de Marzo del dos mil cinco, compareció por ante este Despacho, el Ciudadano: JUAN HILDEMARO BENEGAS TAMAYO, y quien una vez puesta de vista y manifiesto el contenido del instrumento privado, que corre inserto al folio dos (2) del expediente reconoció la firmas que aparece en el mismo, declarándolo el tribunal Reconocido el documento en su contenido y firma de conformidad con lo establecido en el articulo 1.366 del Código Civil. Y ASI SE DECIDE.-

II
En consecuencia, este Juzgado del Municipio Monseñor José Vicente de Unda de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA EL DOCUMENTO PRIVADO, otorgado por el ciudadano: JUAN HILDEMARO BENEGAS TAMAYO, al ciudadano: SIXTO JOSE LOPEZ, de conformidad con lo previsto en el articulo 1.366 del Código Civil ASI SE DECLARA.-

Publíquese, regístrese, déjese copia y devuélvase originales a la parte interesada.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primar Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Chabasquén, Ocho día del mes de Marzo del dos mil cinco Años: 195° Y 146°.-


La Juez Temporal;

Abog. Janet del Carmen Zavarce Pinto


La Secretaria:

Abog. Libia M. Pargas G.