REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE CONTROL
Guanare, 17 de Mayo de 2005
Años 194° y 146°
N.-
Solicitud N° 1CS-3663-05.
Mediante solicitud N° 18-FS-01041-05 dirigido a este Tribunal de Control N° 1, en fecha 12-05-05, el Fiscal Superior (E) del Ministerio Público, expone que se recibió oficio ante la Fiscalía Superior del Estado Portuguesa, emanado de la victima, Ciudadano ALBERTO ANTONIO PRADO BOSCAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.371.725, albañil, residenciado en el barrio San José, calle 1, casa sin N°, cerca del Liceo Angulo Ariza de Guanare estado Portuguesa, en el cual solicitaba medida de protección a favor su persona, manifestando, que en virtud de un cobro de prestaciones sociales, circunstancia esta no demostrada en las actas consignadas; esta siendo amenazado de muerte por parte de los ciudadanos Angel Medina y Edgar Medina hermano e hijo respectivamente del ciudadano Edgar Antonio Medina, propietario de la empresa Taller Mecánico La Clínica del Automóvil; consistiendo estos, en que ha observado en varias oportunidades un Fíat negro y rojo y un Toyota Corolla, este era conducido por Pino Monagas y lo cual lo tiene muy asustado; solicita al Tribunal que acuerde la medida de protección a favor de dicho ciudadano, de conformidad con lo establecido en los artículos 51 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en los Artículos 120 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 81 al 86 Ministerio Público, acompañan a esta solicitud escrito emanado de la supuesta victima dirigido a la Fiscal superior Encargada de Portuguesa; y un Poder Apud Acta conferido por ante la Oficina de Atención a la Victima, organismo este incompetente para recibir y certificar diligencias relacionadas con las designaciones de defensor y menos aún de otorgamiento de Poderes.
. Para decidir se observa:
1.- Que la ciudadana Fiscal Superior del Estado Portuguesa, solicita Medida de Protección a favor del Ciudadano ALBERTO ANTONIO PRADO BOSCAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.371.725, albañil, residenciado en el barrio San José, calle 1, casa sin N°, cerca del Liceo Angulo Ariza de Guanare estado Portuguesa, quien es víctima de amenazas de muerte.
2.- Que dichas amenazas consisten en que ha observado en varias oportunidades un Fíat negro y rojo y un Toyota Corolla, este era conducido por Pino Monagas y lo cual lo tiene muy asustado.
3.- Que el Juez en atención al grado de riesgo o peligro, siempre que ante él curse un proceso judicial (caso contrario la Protección la debe dar la Fiscalía por intermedio de su unidad de Protección a la Victima) está autorizado para adoptar las medidas necesarias para garantizar la integridad de la víctima y su libertad y bienes materiales. Pero siempre y cuando cursen actuaciones suficientes para dicha consideración; y que curse un proceso penal, caso contrario el facultado para otorgar dicha protección es el Fiscal Superior. En el presente caso la investigación cursa por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas a la orden de la Fiscalía Tercera.
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en funciones de control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA PROTECCION a favor; Ciudadano ALBERTO ANTONIO PRADO BOSCAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.371.725, albañil, residenciado en el barrio San José, calle 1, casa sin N°, cerca del Liceo Angulo Ariza de Guanare estado Portuguesa; de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa.
Archívese la solicitud con anexo de lo decidido, y particípese a la Fiscal Superior (E) del Ministerio Público.
El Juez de Control N° 1
Dr. Luis Alberto Hernández Mendoza
La secretaria
Dra. Tania Rivero