REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guanare, 11 de Mayo de 2005
195° y 146°

N° 16
CAUSA N° 2E-197-99
REQUISITORIA
SE HACE SABER
Que en la causa seguida por este Tribunal contra el ciudadano DIGBY CLAIR CONTRERAS, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, y por cuanto no ha sido posible su captura, se acuerda librar requisitoria a fin de que se cumpla con la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Reenvío en lo Penal Caracas, en fecha 12/06/1995 y enviar copia de ella a los Órganos de Investigaciones Penales, al Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a los fines de su publicación.
DATOS FILIATORIOS
 APELLIDOS Y NOMBRES: DIGBY CLAIR CONTRERAS
 CEDULA DE IDENTIDAD: V-8.185.041
 LUGAR DE NACIMIENTO: GUASDUALITO ESTADO APURE, HIJO DE PULIO GUDIÑO Y MARIA CONTRERAS.
 DIRECCIÓN DE HABITACIÓN: BARRIO SAN ANTONIO, CALLE PAEZ FINAL CASA S/N° GUANARE ESTADO PORTUGUESA.
 TRIBUNAL SOLICITANTE: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Por lo tanto las autoridades Civiles, Militares y Judiciales que la presente vieren, le darán estricto cumplimiento y lograda la captura del penado antes identificado, se servirá enviarlo con las seguridades del caso al Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales con sede en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa.

Dado, firmado, sellado y refrendado el presente mandato judicial en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. En Guanare, a los once días del mes de Mayo del año 2005.

El Juez de Ejecución N° 2,


Abg. Evelio de Jesús Viloria

El Secretario,


Abg. Juan Alberto Valera.
EdeJV/rm