REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION

Guanare, 13 de mayo de 2005
195° y 146°
N° 28
CAUSA N° 2E-488.
REQUISITORIA
HACE SABER

Que en la causa seguida por este Tribunal contra el ciudadano Hernández Juan Carlos, titular de la cédula de identidad N° 15.308.436, por el delito de Robo Agravado Continuo, a quien la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 30-11-99, le dicto Sentencia Condenatoria, a cumplir las pena de Diez (10) Años y Ocho (8) meses de Presidio, se acuerda librar requisitoria y enviar copia de ella al Ministerio de Interior y Justicia, a los Órganos de Investigaciones Penales, al Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a los fines de su publicación.

DATOS FILIATORIOS

 APELLIDOS Y NOMBRES: HERNÁNDEZ JUAN CARLOS
 CEDULA DE IDENTIDAD: V-15.308.436
 LUGAR DE NACIMIENTO: GUANARE ESTADO PORTUGUESA
 FECHA DE NACIMIENTO: 24 DE ENERO DE 1978 DE 27 AÑOS DE EDAD.
 DIRECCIÓN DE HABITACIÓN: BARRIO LA ENRIQUERA PARTE ALTA, CALLEJON, 05 GUANARE ESTADO PORTUGUESA.
 TRIBUNAL SOLICITANTE: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA.


Por lo tanto las autoridades Civiles, Militares y Judiciales que la presente vieren, le darán estricto cumplimiento y lograda la captura del penado antes identificado, se servirá enviarlo con las seguridades del caso al Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales con sede en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa.

Dado, firmado, sellado y refrendado el presente mandato judicial en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. En Guanare, a los trece días del mes de Mayo del año 2005.
El Juez de Ejecución N° 2,


Abg. Evelio de Jesús Viloria
El Secretario,

Abg. Juan Alberto Valera.
EdJV/fé.