REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN N° 2.

Guanare, 20 de Mayo de 2005
Años: 195° y 146°
N° 44
Causa N° 2E-559-00

REQUISITORIA
SE HACE SABER

Que en la causa seguida por este Tribunal contra el ciudadano AMAYA FALCÓN BALBINO ANTONIO por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, y por cuanto abandonó el régimen de prueba el 18-04-02 incumpliendo con la condición de no ausentarse de la jurisdicción del Tribunal, se acuerda ratificar la requisitoria a fin de que se cumpla con la sentencia dictada por el Juzgado de Control N° 2 Extensión Acarigua del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en fecha 08-05-2000 y enviar copia de ella al Ministerio de Interior y Justicia, a los Órganos de Investigaciones Penales, al Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, como del Estado Lara y a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a los fines de su publicación.
DATOS FILIATORIOS

 APELLIDOS Y NOMBRES: AMAYA FALCÓN BALBINO ANTONIO
 CEDULA DE IDENTIDAD: INDOCUMENTADO
 LUGAR DE NACIMIENTO: NATURAL SAN ANTONIO DE GUACHE OSPINO ESTADO PORTUGUESA
 FECHA DE NACIMIENTO: 03 DE FEBRERO DE 1981, HIJO DE ELADIO AMAYA Y MARIA FALCÓN
 DIRECCIÓN DE HABITACIÓN: CARRERA 4 CON CALLE 19 AL LADO DEL COLEGIO CUATRICENTENARIO GUANARE ESTADO PORTUGUESA
 DIRECCIÓN DE HABITACIÓN: CASERÍO SAN ANTONIO DE GUACHE CALLE PRINCIPAL DEL MUNICIPIO ANDRÉS ELOY BLANCO CASA S/N DEL ESTADO LARA
 TRIBUNAL SOLICITANTE: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN N° 02

Por lo tanto las autoridades Civiles, Militares y Judiciales que la presente vieren, le darán estricto cumplimiento y lograda la captura del penado antes identificado, se servirán enviarlo con las seguridades del caso al Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales con sede en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa, a ordenes de este Tribunal.

Dado, firmado, sellado y refrendado el presente mandato judicial en la Sala de Audiencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. En Guanare, a los Veinte días del mes de Mayo del año 2005.

El Juez de Ejecución N° 2,

Abg. Evelio de Jesús Viloria.


El Secretario,

Abg. Juan Alberto Valera.