REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guanare, 27 de mayo de 2005
195° y 146°
N° 66
CAUSA N° 2E-729-02
REQUISITORIA
HACE SABER
Que en la causa seguida por este Tribunal contra el ciudadano RIVERO LOPEZ SERGIO ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° 11.581.325, por el delito de HURTO SIMPLE Y VIOLACION, en virtud que en fecha 17-06-1991, el Suprimido Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, le dicto sentencia Condenatoria, se acuerda enviar copia de ella a los Órganos de Investigaciones Penales, al Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a los fines de su publicación.
DATOS FILIATORIOS
APELLIDOS Y NOMBRES: RIVERO LOPEZ SERGIO ANTONIO
CEDULA DE IDENTIDAD: V-11.581.325.
LUGAR DE NACIMIENTO: NATURAL DEL CASERIO VILLANUEVA ESTADO LARA.
FECHA DE NACIMIENTO: 20 DE JUNIO DE 1965; DE 39 AÑOS DE EDAD, HIJO DE FRANCISCO MATEO RIVERO Y BLASIDA DEL CARMEN LOPEZ.
DIRECCIÓN DE HABITACIÓN: EN EL CASERIO CERRO DEL BURRO MUNICIPIO CORDOBA, DISTRITO GUANARE.
TRIBUNAL SOLICITANTE: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN N° 2
Por lo tanto las autoridades Civiles, Militares y Judiciales que la presente vieren, le darán estricto cumplimiento y lograda la captura del penado antes identificado, se servirá enviarlo con las seguridades del caso al Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales con sede en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa.
Dado, firmado, sellado y refrendado el presente mandato judicial en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. En Guanare, a los 27 días del mes de mayo del año 2005.
El Juez de Ejecución N° 2,
Abg. Evelio de Jesús Viloria
El Secretario,
Abg. Juan Alberto Valera.
EdeJV/fé.
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