REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicia Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 18 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2005-002585
ASUNTO : PP11-P-2005-002585
Visto como ha sido el escrito interpuesto por la Fiscal Segunda del Ministerio Público Abog. Elida Vargas Fuanmayor, en el que solicita se le conceda una prorroga para presentar la acusación en contra del ciudadano Franklin Leonardo Rodríguez, Venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 18 años de edad, nacido el 05-12-1986, soltero, de oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° 23.580.354, residenciado en el Barrio Villa Pastora II, callejón santa maría, casa sin numero Acarigua Estado Portuguesa, hijo de Dilia Rodríguez y Enanias Herrera, quien se encuentra asistido en este acto por la defensora Publica Abogada Lila Tibisay Torrealba, este tribunal convoca a audiencia oral, y luego de escuchados los argumentos de las parte toma la siguiente determinación:
Señala la ciudadana Fiscal que su solicitud obedece a que han sido incorporados a la investigación unas testimoniales y se hacen necesarias unas experticias que para la fecha del vencimiento del plazo para culminar la investigación no se encuentran culminadas.
Por su parte la defensora señaló estar de acuerdo con la solicitud Fiscal.
En este sentido considera este juzgador que es una facultad de la Fiscalía del Ministerio Público la verificación de esta solicitud, máxime cuando para la búsqueda de la verdad se hace necesario escuchar a unos testigos y realizar unas experticias que en definitiva y en cierta forma pueden ayudar al esclarecimiento de los hechos, por ello, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda otorgar la prorroga solicitada, en consecuencia se le otorgan 15 días más a la Fiscalía del Ministerio Público para que presente la respectiva acusación.
DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos antes expuestos este Tribunal Penal actuando en funciones de Control N° 2 ACUERDA:
Único: concederle de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, una prorroga de 15 días más a la Fiscalía del Ministerio Público para que presente la respectiva acusación en contra del imputado Franklin Leonardo Rodríguez, Venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 18 años de edad, nacido el 05-12-1986, soltero, de oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° 23.580.354, residenciado en el Barrio Villa Pastora II, callejón santa maría, casa sin numero Acarigua Estado Portuguesa, hijo de Dilia Rodríguez y Enanias Herrera, quien se encuentra asistido en este acto por la defensora Publica Abogada Lila Tibisay Torrealba.
El Juez de Control N° 2
Abg. Antulio Ernesto Guilarte Escalona.
El Secretario,
Abg. Cesar Zambrano