REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 17 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2004-000149
ASUNTO : PP11-P-2004-000149
Visto que en la presente causa seguida a los acusados CECILIO CORADO TORRES y JAVIER ANTONIO JIMENEZ TORRES, con relación al primero de los nombrados ha incumplido con la medida cautelar sustitutiva referente a la presentación periódica dictada por el Juez de Control No. 3 en fecha 7 de Junio de 2004, y ha faltado de manera injustificada en reiteradas oportunidades para la celebración del Juicio Oral y Público por un lado, y por otro con relación al acusado JAVIER ANTONIO JIMENEZ, el mismo incumplió de manera injustificada con la convocatoria fijada para el día de hoy a los fines de la celebración del Juicio Oral y Público, es por lo que de conformidad con el artículo 262, ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal revoca la medida cautelar sustitutiva otorgada a los acusados CECILIO CORADO TORRES y JAVIER ANTONIO JIMENEZ TORRES en fecha 07 de Junio de 2004 y en consecuencia se ordena la aprehensión de los mismos. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la medida cautelar sustitutiva otorgada a los acusados CECILIO CORADO TORRES y JAVIER ANTONIO JIMENEZ TORRES en fecha 07 de Junio de 2004 y en consecuencia se ordena la aprehensión de los mismos.
Se ordena la suspensión de la presente causa hasta tanto se haga efectiva la captura de los acusados.
Ofíciese a los organismos de seguridad del estado.
El Juez Cuarto de Juicio
Abg. Víctor Hugo Mendoza Cabrera
La Secretaria
Abg. Omaira Rodríguez