REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 10 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2004-005458
ASUNTO : PP11-P-2004-000287

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial, en fecha treinta (31) de marzo de 2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano JOSE DE LA CONCEPCION MEJIAS, soltero, titular de la cédula de identidad N° 3.836.629, de oficio chofer, residenciado en el final de la calle la manga, casa s/N°, sector Caserío Veguita, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del estado Lara, por la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMAS, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, todo de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano JOSE DE LA CONCEPCION MEJIAS, ya identificado, el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad otorgada por el Tribunal de Control n° 04 de este Circuito Judicial en fecha 14-09-04 y la remisión del arma de fuego al Parque de Armas para su destrucción.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano JOSE DE LA CONCEPCION MEJIAS, y a su defensor.
Regístrese, diarícese y déjese copia. Librese lo conducente.

La Juez de Ejecución

Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario.
Abg. Pedro Romero
Vilma