REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 16 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-S-2004-001053
ASUNTO : PP11-P-2004-000139
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 04 de este Circuito Judicial, en fecha 26-04-2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano AQUILES ANTONIO GUERRERO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.888.232, residenciado en la calle 24, entre avenidas 40 y 40B, frente a la escuela Raimundo Anduela, del Barrio América, Acarigua del Estado Portuguesa, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO, previstos y sancionados en los Artículos 09 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de la ciudadana LEONIDA MUÑOZ CERONI; en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano AQUILES ANTONIO GUERRERO PEREZ, ya identificado. Así mismo se acuerda el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, acordada en fecha 04-04-2004 por el Tribunal de Control Nº 03.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al AQUILES ANTONIO GUERRERO PEREZ y a su defensor.
Regístrese, diarícese y déjese copia. Líbrese lo conducente.
La Juez de Ejecución
Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario
Abg. Pedro Romero
lérida.-