REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 17 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2004-000193
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Tribunal de Juicio N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en fecha Veintiséis (26) días del mes de Abril del 2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano JOSE GREGORIO OSUNA VILLAEL, venezolano, de treinta y dos (32) años de edad, soltero, nacido en fecha 27-12-1972, titular de la Cédula de identidad N° 11.517.837, residenciado en Baraure II, Calle 2, Sector 4, Casa N° 60, Araure, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 422 ordinal 2° en concordancia con el artículo 417, ambos del Código Penal, perpetrado en perjuicio de los ciudadanos Armando José Parra e Ismelda Lilibeth Peña; este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la LIBERTAD PLENA del ciudadano JOSE GREGORIO OSUNA VILLAEL.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano JOSE GREGORIO OSUNA VILLAEL y a su defensor.
Regístrese, diarícese y déjese copia. Librese lo conducente.
Dada, sellada y firmada en Acarigua, en el Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de EJECUCIÓN, a los Diecisiete (17) días del Mes de Mayo del 2005
La Juez de Ejecución
Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario
Abg. Pedro Romero Garcia
RRDEB/Ingrid.