JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Agua Blanca, 13 de Mayo del Año 2.005
194° y 145°


Visto el Convenimiento entre los ciudadanos JONATHAN YEPEZ, Titular de la Cédula de Identidad Número 15.693.950, en su carácter de Demandado y EDELMIRA GARCIA SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Número 17.276.854, en su carácter de parte Demandante en el presente juicio que instruye este Tribunal por Fijación de la Obligación Alimentaría, distinguida con el Número 157-2005, se llenaron los extremos de Ley exigidos en el Artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Este Tribunal procede a impartir su respectiva Homologación de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 316 de la referida Ley .


La Juez Temporal

Abg: Marvis M, de Osorío.

La Secretaria.

Abg. Doris Aguilar


EXP. N° 157-2005