Visto el convenimiento celebrado entre las partes Ciudadanos: Lucia del Carmen Aponte, titular de la cédula de Identidad N° 13.329.112 y Vicente Ramón Rojo, titular de la cédula de Identidad N° 5.629.307, respectivamente donde el Ciudadano Vicente Ramón Rojo se comprometió a seguir pasándole la cantidad de Cien Mil Bolívares (Bs.100.000,00) Mensuales, por concepto de Obligación Alimentaria y el doble de la cantidad en los meses de Septiembre y Diciembre, medicina cuando se amerite, aparte le pasare Cinco (5) Cesta Ticket mensuales, a razón de Siete mil trescientos cincuenta Bolívares cada uno, a partir del mes Junio, a sus hijos: XXXX y XXXX,