REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

Guanare, 10 de Mayo de 2005
195º y 146º


Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos Maria Isamar Hernández Piedra y José León Terán Castellano, en esta misma fecha, sobre la REVISION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA en beneficio de su hijo José Daniel Terán Hernández, por la cantidad de Bs.20.000,oo semanales a razón de Bs.80.000, mensuales , los cuales serán entregados a la madre previo recibos firmados por ella, por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes.

La Jueza,


Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.
La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil Nº 5199
Natalie G.-