REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VEENZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 02
Guanare, 17 de mayo de 2005
195º Y 146º


Visto el desistimiento realizado por la ciudadana JACKELINE DEL VALLE VASQUEZ HIDALGO, titular de la Cedula de Identidad Nº 14.332.705, asistida por la Abogada Urydy Beatriz Colina, en su carácter de Defensor Publico para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, en fecha 17-05-2005, y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 ejusdem. Se acuerda su archivo

El Juez,


Abog. Oscar Mahín Mejìas Ramos

La Secretaria Temporal,

Abog. Adelina Miranda Lozano.
Liliana B.-
Exp. Civil Nº 5186