REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
PORTUGUESA
Guanare, 28 de noviembre de 2005
195° y 146°
N° 15
Corresponde a esta Corte de Apelaciones, conocer y decidir la INHIBICION planteada por el Abg. ANA ISABEL GAVIDIA, en su condición de Juez de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, de seguir conociendo en la causa seguida a la ciudadana CARRASCO NEILA NAILET, por estar incursa en la causal de Inhibición prevista en el Artículo 86 numeral 7° en concordancia con el 87 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que encontrándose como Juez del referido Tribunal, en fecha 26 de enero de 2005, declaró culpable a la referida ciudadana por la comisión del delito de Homicidio Intencional y Porte Ilícito de Arma Blanca, tal como se evidencia en la decisión dictada por el mencionado Tribunal (folios 02 al 30) del presente cuaderno, recurriendo contra dicha decisión el Abg. ERNESTO PACHECO, el cual fue declarado con lugar el mismo en fecha 13-06-05, por esta Instancia Superior, ordenándose la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un nuevo tribunal de este mismo Circuito; hecho que afecta gravemente su imparcialidad.
Esta Corte de Apelaciones, para decidir observa:
Como quiera que la causal invocada está fundada en motivo grave que afecta la imparcialidad de la Juez y la objetividad y transparencia que debe privar de las decisiones judiciales, es por lo que la INHIBICION propuesta por la Abg. ANA ISABEL GAVIDIA, debe ser declarada CON LUGAR, por haber sido fundada en causal legal y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la INHIBICION planteada por la Abg. ANA ISABEL GAVIDIA, en su carácter de Juez de Primera Instancia en lo Penal en función Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, de conformidad con el Artículo 86 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 87 ejusdem.
Déjese copia y remítanse seguidamente las actuaciones.
El Juez de Apelación Presidente,
Joel Antonio Rivero.
Ponente
La Juez de Apelación, La Juez de Apelación,
Moraima Look Roomer. Clemencia Palencia García.
El Secretario,
Abg. Giuseppe Pagliocca
Seguidamente se remite constante de una pieza de 48 folios útiles y con oficio N° __965____. Conste.
Secretario,
EXP. N° 2655-05
JAR/jm.-