REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. Acarigua, 10 de febrero de 2004.-

194° y 145°

Vista la diligencia presentada por el abogado José Daniel Mijoba, en la cual pide el desglose de los documentos originales que constan en la pieza 1, los cuales consignó junto con la demanda y en su lugar se deje copia certificada; este Tribunal entiende que el abogado solicita la devolución del documento que en original obra a los folios 144 al 157 de la primera pieza de este expediente, lo cual acuerda de conformidad, en consecuencia ordena desglosar el mismo y en su lugar déjese copia certificada del referido documento. Para la certificación de los fotostatos se autoriza suficientemente a la Secretaria de este Tribunal, conforme a lo previsto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

La Juez,

Abg. Belén Díaz de Martínez
La Secretaria,

Abg. Aymara de León


En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste

(Scria.)