REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 15 de Noviembre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2005-002600

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial, en fecha 26 de Octubre de 2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano MAIKO GERARDO ESCOBAR, venezolano, de 19 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 24.146.308, residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, Avenida 51, Casa N° 57, Acarigua, Estado Portuguesa, por el delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano VICTOR JOSE MARQUEZ SIVIRA, en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria y ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano MAIKO GERARDO ESCOBAR.

Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano MAIKO GERARDO ESCOBAR y a su defensor.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Líbrese lo conducente.

La Juez de Ejecución


Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario


Abg. Pedro Romero

RRdeB/id