REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 9 de Noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2004-000310
ASUNTO : PP11-P-2004-000310

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial, en fecha 20-10-2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano AGLIS RAMON ARRIECHI CARMONA, Venezolano, Natural de Araure, Estado Portuguesa, Titular de la Cédula de identidad N° 15.213.983, de veintiséis (26) años de edad, nacido en fecha 28-01-1979, Conductor, hijo de NANCY CARMONA DE ARRIECHI Y ALI ARRIECHI (f), residenciado en la Urbanización La Goajira , Quinta Etapa, Vereda 32, Casa N° 01, Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 Ordinal 2° en concordancia con el Artículo 417, ambos del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano HERCILIO DE LA COROMOTO HERNANDEZ; en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano AGLIS RAMON ARRIECHI CARMONA, ya identificado.

Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano AGLIS RAMON ARRIECHI CARMONA y a su defensor.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Líbrese lo conducente.

La Juez de Ejecución,

Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario

Abg. Pedro Romero García
lérida.-