JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.- Acarigua, 01 de Noviembre del 2005.
195° y 146°
Vista la anterior solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, fórmese expediente y admítase a sustanciación cuanto ha lugar en derecho, háganse las anotaciones estadísticas correspondientes. Comprobado suficientemente el error en la partida de nacimiento, perteneciente a JOAQUIN ALFONSO BARRANCOS SANCHEZ, expedida por ante la Prefectura del Municipio Páez y el Registro Civil del Estado Portuguesa, asentada bajo el N° 311, de fecha 08 de Febrero de 1974, donde se incurrió en el error de asentar el segundo apellido del padre del solicitante como ALONZO, lo cual es incorrecto, siendo lo correcto ALONSO, tal como se evidencia en copia fotostática de la cédula de identidad y copia simple de la partida de nacimiento expedida por el Ministerio de Justicia, se hace procedente la Rectificación de la Partida de Nacimiento solicitada. En consecuencia, ofíciese lo conducente a la Prefectura del Municipio Páez y al Registro Civil del Estado Portuguesa, a los fines de que sea corregido por la vía de nota marginal el error cometido en la Partida de Nacimiento N° 311, llevada por ante la Prefectura del Municipio Páez del Estado Portuguesa, en el sentido de que sea asentado en dicha partida el segundo apellido del padre del solicitante, como ALONSO. Líbrense oficios.
El Juez Temporal,

Abg. Ignacio José Herrera González.
La Secretaria,

Abg. Nancy Galíndez de González
Seguidamente se libraron oficios Nos. 0850-880 y 881. Conste.
Secretaria (fdo)
Denice