REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA UNIPERSONAL No. 01
Guanare, 22 de Noviembre del 2005
195° y 146°


Vista la solicitud realizada por la ciudadana LEINYS COROMOTO GIL JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.605.187, residenciada en el barrio Unión, callejón N° 05, al lado de la bodega Mi esfuerzo, Guanare estado Portuguesa, se admite cuanto ha lugar a derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil y 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cítese al ciudadano ANDERSON ALI GONZALEZ SERENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.960.999, residenciado en la urbanización Antonio José de Sucre, en la casa hay una peluquería llamada Marliee, Guanare, estado Portuguesa, mediante boleta en la cual se expresará el objeto y fundamento de la reclamación, para que comparezca ante este Tribunal al tercer (3er) día de Despacho siguientes, en horario de 8:30 a 2:30, a fin de que de contestación a la solicitud; advirtiéndosele que ese mismo día a las 10:00 de la mañana tendrá lugar un ACTO CONCILIATORIO, a tenor de lo pautado en el artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese al representante del Ministerio Público y a la actora. De conformidad con el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se decreta como Medida Provisional la restitución o entrega de la niña xxxxxxxxxxxxxxx, de cuatro (04) años de de edad, a su madre, ciudadana LEINYS COROMOTO GIL JIMENEZ. Para la ejecución de la Medida Provisional, se acuerda solicitar la colaboración de la Comandancia Policial del estado del Estado Portuguesa.-


La Jueza,



Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez


La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde

HROY/Mery S.
EXP. N° 5883