REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-012558


Vista la solicitud de Rectificación de Partida intentada por Lucas Antonio Jiménez Colmenarez, María Celestina Jiménez Colmenarez, Carlos José Giménez Colmenarez y Loen Octavio Giménez Colmenarez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 312.255, 2.534.916, 2.539.691 y 2.542.022, respectivamente, este Tribunal niega la admisión por cuanto existe una pluralidad de pretensiones en la cual no hay identidad de titulo, debido a que se solicita la rectificación de varias actas pertenecientes a personas distintas, de conformidad con el articulo 78 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. Déjese copia.


La Juez Suplente Especial



Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria



María Fernanda Alviarez



MJP/mfa