REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2004-003495


La Juez Suplente Especial, MARILUZ JOSEFINA PEREZ, se avoca al conocimiento de la causa.
En fecha 07/05/2004, el ciudadano PABLO SEGUNDO TORRES PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.857.846, de este domicilio, debidamente asistido por la abogado ANNA BIALKO, de Inpreabogado N°. 77.565, presentó escrito en el cual solicita la rectificación de su acta de nacimiento, en el sentido de que aparece por error el apellido de su padre como TORREZ, siendo lo correcto TORRES. En fecha 18/05/2004 se admitió la solicitud sumariamente y ordenó notificar al Ministerio Público. En fecha 04/06/2004 el Alguacil consignó boleta firmada por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, los cuales aprecian este Tribunal de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, de los mismos se evidencia el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano PABLO SEGUNDO TORRES PERDOMO. En consecuencia, se ORDENA al Jefe Civil del Parroquia José María Blanco; Municipio Crespo del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirva estampar las correspondiente nota marginal en el acta de defunción asentada bajo el Nro. 68, folio 18 vto del Libro de Registro Civil de Nacimiento del año 1944, en el sentido de que aparezca el apellido del padre y del presentado como TORRES con S.
Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los siete días del mes de noviembre del dos mil cinco. Años: 195° y 146°. *men*
La Juez Suplente


Mariluz Josefina Pérez


La Secretaria


María Fernanda Alviárez Rojas
En la misma fecha se dejó copia.

La Sec.