REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 21 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2005-002546
ASUNTO : PP11-P-2005-002546


Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial, en fecha Veintisiete (27) de Septiembre de 2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano JULIO CESAR VALLADARES, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 21.394.871, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido el 05/05/1985, de 20 años de edad, soltero, residenciado en el barrio Páez, callejón 01, casa N° 08, de Acarigua Estado Portuguesa, de la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458, del Código Penal vigente, cometido en perjuicio de: BIENNY JOSEFINA PALENCIA GUTIERREZ; en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano JULIO CESAR VALLADARES, ya identificado.

Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano JULIO CESAR VALLADARES, a su defensor y a la victima.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Líbrese lo conducente.

La Juez de Ejecución

Abg. Rosa Rodríguez de Brito
El Secretario.
Abg. Pedro Romero García
RRDB/vr