REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL 02
Guanare: 11 de Octubre de 2005
195° y 146°

Vista la diligencia presentada por los ciudadanos ELIZABETH COROMOTO ESTEVES GONZALEZ Y JOSE EUSEBIO CEDEÑO FARFAN, suficientemente identificados en autos, asistidos por la Abog. Betty Terán, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.983, en el que manifiestan que se reconciliaron, y por cuanto se observa que aún cuando se dictó sentencia, no fue solicitado su ejecución, el Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley y de conformidad con el articulo 194 del Código Civil, DECLARA EXTINGUIDO este procedimiento y acuerda el archivo del expediente. Cúmplase.

La Jueza Temporal,

Abog. Thayrhayr Sáez de Oliveros

La Secretaria,

Abog. Florbelia Urquiola Corona

Exp. Civil Nº 5358