REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 22 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2003-000027
ASUNTO : PP11-P-2003-000027


Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial, en fecha Cuatro (04) de Agosto de 2005, mediante la cual Absuelve al ciudadano HECTOR YAEL CASTILLO, venezolano, de 26 años de edad, nacido el 18-02-76, residenciado en el sector 7, casa n° 8, de la urbanización Baraure dos (2), Araure estado portuguesa, titular de la cédula de identidad n° 14.346.668 por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de Complicidad en DISTRIBUCIÓN ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotrópica en concordancia con el artículo 84 numeral tercero , cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; en consecuencia este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Ejecutar la Sentencia Absolutoria, y en consecuencia se ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano HECTOR YAEL CASTILLO, ya identificado.

Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al ciudadano HECTOR YAEL CASTILLO, a su defensor y a las victimas.

Regístrese, diarícese y déjese copia. Líbrese lo conducente.
La Juez de Ejecución

Abg. Rosa Rodríguez de Brito

El Secretario.

Abg. Pedro Romero García
RRDB/vr