REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
SEGUNDO CIRCUITO CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
SALA DE JUICIO
Acarigua , Septiembre 26 de 2.005
195º y 146º
Expediente Nº 957-05
SOLICITANTE: MIREYA DE JESUS ESCORCHE, venezolana, mayor de edad, soltera, de Oficio Peluquera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 5.949.484, asistida por la Abogado GERTRUDIS ALCOBA, Defensora Pública para la Protección del Niño y del Adolescente, actuando en interés superior del adolescente YACKSON ALEXANDER RAMOS ESCORCHE, de 16 años de edad.
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL.
Vista la solicitud de fecha 28-07-05 presentada mediante escrito, por la ciudadana MIREYA DE JESUS ESCORCHE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 5.949.484, asistida de la Abogado GERTRUDIS ALCOBA, Defensora Pública para la Protección del Niño y del Adolescente; actuando en nombre de su hijo ......., de 16 años de edad; donde solicita se le expida AUTORIZACION JUDICIAL para que en representación del mismo tramite, gestione y cobre Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Seguro de Vida, y cualquier otro beneficio, ante el Instituto Nacional del Menor, que le corresponda como Heredero del difunto FELIX SEGUNDO RAMOS RUMBOS, quien trabajaba para dicho Instituto como Instructor de Deportes, y era portador de la Cédula de Identidad Nº 1.128.805, para lo cual anexa Fotocopias de Cédulas de Identidad, Acta de Defunción Nº 163; Partida de Nacimiento número 2.279 que en copia se encuentran anexas al Título de Unicos y Universales Herederos N° 889, expedido por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
En fecha 08-08-05 el Tribunal ADMITE la solicitud ordenándose otorgar la misma y se libró Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público.
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