REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Guanare, 21 de septiembre de 2005
195° y 146°
Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos CARLOS ALEXIS CEIBA ALDANA y YAMILETH COROMOTO PEREZ DE CEIBA, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento del régimen de visitas en beneficio de la niña KARLA NATALI CEIBA PEREZ, de tres años de edad, donde el padre se compromete a buscar a la referida niña en la residencia de la Abuela Materna los días Martes y Jueves a las 9:30 de la mañana y deberá regresarla el mismo día a las 3:30 de la tarde y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza Temporal,
Abog. Thayrhayr Sáez de Oliveros.
La Secretaria Temporal,
Abog. Adelina Miranda Lozano.
Exp. Civil N° 5.546
Carolina E.