REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



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EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO DEL TRÁNSITO Y CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

JURISDICCION: PROTECCION
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
MOTIVO: INHIBICION.

Suben las presentes actuaciones del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a fin de que esta Alzada conozca como Superior Instancia, de la incidencia planteada con motivo de la Inhibición formulada en fecha 31-03-2006 por la Jueza Unipersonal N°1 Abogada Haydee Rosa Oberto Yépez en el Expediente Civil N° 5687, demanda de Daños Morales y Daños Materiales derivados de Accidente Laboral, incoada por la ciudadana ANA CONSUELO FERNANDEZ, en su carácter de concubina del descujos EZEQUEIL ANTONIO TORRES, contra el ciudadano NELSON RIVAS, en su condición de subcontratista de la constructora Epsilon.

Manifiesta la Jueza inhibida, que la Abogada OKARINA MERCEDES COLMENAREZ TOVAR, ejerció funciones de secretaria suplente ante ese Despacho, la cual actúa como apoderada judicial de la parte actora en la causa signada bajo el N° 5687. Con fundamento en el Artículo 82, Ordinal 13 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado de conformidad con el Segundo aparte del artículo 84.

Esto es por haber recibido la Jueza Inhibida servicios de importante gratitud de la apoderada judicial de la parte actora en la presente causa.

Fundamenta la Inhibición en el Artículo 82 Ordinal 13, y de conformidad con el Segundo aparte del Artículo 84 del Código de Procedimiento Civil.

Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la inhibición formulada por la Abogada, Haydee Rosa Oberto Yépez Jueza Unipersonal N°1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.

Publíquese, regístrese y remítase copia certificada de esta decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito. En Guanare, a los siete días del mes de Abril de dos mil seis. Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.

Juez Superior Civil Temporal,

Abg. Rafael Despujos Cardillo.
La Secretaria,

Abg. Soni Fernández.
Seguidamente se dictó y publicó en su fecha siendo las 9:10 a.m.
Conste.

Stria.