REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD N° 2
Guanare, 20 de abril de 2006
Años: 195° y 146°
2E-117-06
Mediante escrito que corre inserto a los folios 66 y 67, del Expediente, defensor de los penados Alexis Mendoza, Ramón Mendoza y José Mendoza, Abg. Luis Javier Barazarte se dirigió a este Tribunal, con el objeto de solicitar le sea computado el tiempo que duro cumpliendo las Medidas Cautelares impuestas en fecha 30 de Julio de 2003, las cuales se mantuvieron hasta sentencia definitiva en fecha 11-11-2005: quienes fueron condenados a cumplir la pena de dos años de prisión y en consecuencia considera el solicitante que tienen en consecuencia la pena cumplida. Este juzgador niega el pedimento en virtud de que para los efectos de cumplimiento y redención se debe computar las penas cumplidas en forma efectiva en centros de reclusión del estado.
Notifíquese al solicitante y a sus defendidos.
El Juez de Ejecución N° 2
Abg. Luis Alberto Hernández Mendoza
La Secretaria.
Abg. Orlaimar Valderrama