En fecha 16-02-06 se recibe solicitud suscrita por la ciudadana CIRELY DEL CARMEN CHIRINOS ORTIZ, venezolana, mayor de edad, viuda, domiciliada en Araure Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N°16.753,646, actuando en su propio nombre, y en el de sus hijos ...., de 10 y 6 años de edad, respectivamente, asistida por la Abogado en ejercicio GERTRUDIS ELENA ALCOBA, Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita se les otorgue Título de Únicos y Universales Herederos, de quien en vida respondiera al nombre de ROLANDO ANTONIO ALVARADO PERAZA, quien era venezolano, mayor de edad, casado, Chofer, de su mismo domicilio, portador de la Cédula de Identidad N° 14.001.122, que falleció ab-intestato en la carretera Nacional La Pascua, Tucupido Estado Guárico, el 26 de Enero de 2.006; que todo lo narrado se evidencia del Acta de Matrimonio N° 265; copias certificadas de las Partidas de Nacimiento números 896; y 2.502; Acta de Defunción N° 61 que anexa a la solicitud; que De Cujus era su esposo y padre de sus hijos ya mencionados; motivo por el cual pide se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de ROLANDO ANTONIO ALVARADO PERAZA, e igualmente pide se declaren a las personas que en su oportunidad presentará.
En fecha 24-02-06, se ADMITE la solicitud ordenándose la publicación de un Cartel de Notificación en un Diario de amplia circulación Nacional y librar Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público con competencia en el sistema de Protección del Niño y del Adolescente. En fecha 15-03-06 fue agregado ejemplar del Diario “El Nuevo País” de fecha 10-03-06, en la cual aparece publicado en la página 11 un cartel de Notificación.
En fecha 03-04-06, vencido el lapso previsto en el Cartel de Notificación para la presentación de los testigos, los mismos una vez cumplidos los tramites se identificaron de la manera siguiente: JOSE GENARO CASTILLO ANDRADE y EDUARDO ABDELKADER ESCALANTE MORA, venezolanos, mayores de edad, casados, de ocupación Economista el primero, Comerciante el segundo, domiciliado el primero en Avenida Eduardo Chollet, Urbanización Tinajero Dos N° 7, Araure Estado Portuguesa, el segundo en Barrio Morón, Parcela Uno, de la misma población y Estado, titulares de las Cédulas de Identidad números 8.131.585 y 7.546.319, respectivamente, quienes fueron contestes al momento de testimoniar en sus declaraciones insertas a los folios 17 y 18, en su órden.