REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa
TRIBUNAL DE EJECUCION Nº 1.

Guanare, 11 de Agosto de 2006.
196° y 147°
CAUSA Nº 1E-829-04

Vista la diligencia de esta fecha tomada al penado RODRÌGUEZ ALVAREZ CARLOS ENRIQUE, titular de la cédula de identidad Nº 9.865.827, mediante el cual consigna informe medico a través del cual se le indico reposo medico por el lapso de quince (15) ya que presenta traumatismo en virtud de haber sufrido golpes y contusiones en todo el cuerpo debido a que el día domingo 06-08-2006 en el viaje hacia Maturín, sufrió un accidente de transito que le ocasiono dichas lesiones; este Juzgado para resolver observa:

El Articulo 62 literal “C ” de la Ley de Régimen Penitenciario, exige como requisito: “ los penados obtendrán salidas transitorias… debidamente vigilados… previo los requisitos que reglamentariamente se fijen, en los siguientes casos: Gestiones Personales no delegables o cuya trascendencia aconseje la presencia del penado en el lugar de la gestión…”

De lo anteriormente expuesto, se desprende que el fundamento se ajusta a los supuestos previstos en la Ley, lo que hace procedente la conseciòn del reposo medico indicado; en consecuencia, debe declararse con lugar el otorgamiento de la Salida Transitoria al penado RODRÌGUEZ ALVAREZ CARLOS ENRIQUE, por tratarse de un hecho urgente que la haya motivado, se otorga por el lapso de quince (15) días en la siguiente dirección: Caserío Papayito, Vía Morita, en la residencia de su hermana Maria Lourdes Álvarez, desde el día Lunes 07/08/2006 a las 8:00 a.m. hasta el Lunes 21/08/2006, debiendo reingresar al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal el día Martes 22/08/2006 a las 12:00 del mediodía. Ofíciese.-

Regístrese, notifíquese, y déjese copia.

La Juez de Ejecución Nº 1.


Abg. Ana Isabel Gavidia.

La Secretaria,


Abg. Karla Guerrero.
Exp. Nº 1E-829-04.