REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN N° 2

Guanare, 04 de Agosto de 2006
Años: 195° y 146°

CAUSA N° 2E-653-01

Visto el escrito presentado por el Director del Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal de esta ciudad y por el Departamento Jurídico de dicho Instituto, a través del cual solicita ante este Tribunal le sea otorgado permiso al penado AGUERO CARBALLO JUAN ALEXIS, titular de la cédula de Identidad N° 14.092.673, por el lapso de cuarenta y cinco (45) días, en casa de la hermana ciudadana GLADIS ANDREINA AGÜERO, ubicada en la Urbanización La Virginia, Cuarta Etapa, casa N° 113, Clase B, de Acarigua Estado Portuguesa, en virtud de que amerita tratamiento de rehabilitación en el pie derecho.

El Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, exige como requisito: “Los penados obtendrán salidas transitorias… debidamente vigilados… previo los requisitos que reglamentariamente se fijen, en los siguientes casos: Gestiones no delegables o cuya trascendencia aconseje la presencia del penado en el lugar de la gestión…”

De lo anteriormente expuesto, se desprende que el fundamento se ajusta a lo previsto en la ley, lo que hace procedente la concesión de la solicitud aquí planteada; en consecuencia, debe declararse con lugar la solicitud para el otorgamiento del permiso, por el lapso de cuarenta y cinco (45) días, al penado AGUERO CARBALLO JUAN ALEXIS, en casa de la hermana ciudadana GLADIS ANDREINA AGÜERO, ubicada en la Urbanización La Virginia, Cuarta Etapa, casa N° 113, Clase B, de Acarigua Estado Portuguesa, a partir del día de hoy VIERNES 04/08/2006 a las 6:00 p.m. hasta el día DOMINGO 17/09/2006 a las 6:00 p.m., y así lo decide este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en función de Ejecución N° 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.

Regístrese, notifíquese, déjese copia.

Juez de Ejecución N° 2

Abg. Luis Alberto Hernández Mendoza

La Secretaria

Abg. Orlaimar Valderrama