Vista la Solicitud suscrita por la ciudadana ZULIBETH DEL CARMEN RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, estudiante, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 17.600.807, actuando en su propio nombre y en representación de su hermano ..., venezolano, de 16 años de edad, estudiante, de su mismo domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 19.377.383; asistida por la Abogado en ejercicio LIZZEDY MAYA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.258, mediante el cual solicita se le otorgue Título de Únicos y Universales Herederos, a su persona, y a su hermano adolescente CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ, ya identificado, de quien en vida respondiera al nombre de ZULAY COROMOTO RODRIGUEZ, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, de Profesión Médico, de su mismo domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 4.378.982, quien fallece ab-intestato en el Hospital Militar, Municipio Libertador Distrito Capital, en fecha 04 de Abril de 2.006; quien era su progenitora y la de su hermano ya identificado; tal como se evidencia de la copia certificada del Acta de Defunción, y Partidas de Nacimientos insertas a la solicitud; motivo por el cual pide se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de ZULAY COROMOTO RODRIGUEZ, e igualmente pide se declaren a las personas que en su oportunidad presentará.
En fecha 09-06-06, se ADMITE la solicitud ordenándose la publicación de un Cartel en un Diario de amplia circulación Nacional y librar Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente. En fecha 10-07-06 fue agregado ejemplar del Diario “El Nuevo País” de fecha 22-06-06, en la cual aparece publicado en la página 15 un cartel de Notificación. Vencido el lapso indicado en dicho Cartel para la presentación de los testigos, los mismos, una vez cumplidos los tramites se identificaron de la manera siguiente: KARINA COROMOTO MARCHAN, y ALEYDE OMAR QUIÑONES, venezolanos, mayores de edad, hábiles, domiciliada la primera en avenida 28 con calle 34 N° 28-8, Barrio Andrés Bello, Acarigua Estado Portuguesa, el segundo en Avenida 34 con calle 28, de la misma población y Estado, titulares de las Cédulas de Identidad números 12.526.034 y 2.729.681, respectivamente, quienes fueron contestes al momento de testimoniar en sus declaraciones insertas a los folios 17 y 18, en su órden.