REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

Guanare, 14 de agosto de 2006
195º y 147º


Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos JOSE PULIO TORRES INFANTE e ISABEL TERESA GOMEZ SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 11.398.036 y 13.531.150 respectivamente, por ante la sala de este Tribunal, sobre el REGIMEN DE VISITA en beneficio de sus hijos los adolescentes …., ….. y los niños …… y …… , de 13, 12, 10 y 8 años de edad respectivamente, por parte del ciudadano JOSE PULIO TORRES INFANTE, el cual ha sido establecido de la siguiente manera: El padre buscara a los adolescentes y los niños desde el 15 de agosto 2007 hasta el 30 de ese mismo mes y año, en semana santa la pasaran con la madre, a partir de este año 2006 pasaran el 24 de diciembre con el padre y el 31 con la madre, alternándose cada año (dependiendo el fin de semana que este libre, por cuanto es militar); asimismo en este agosto 2006, pasara estos tres días, es decir, 14, 15 y 16-08-2006 con el padre, el cual se los llevara en este mismo momento; por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de lo adolescentes y los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes.
La Jueza,


Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez

La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Exp. Civil Nº 6925Liliana B.-