JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

Agua Blanca, Diciembre 19 del Año 2.006.
196º y 147º

Visto el Convenimiento entre los Ciudadanos: JOSE LUIS ZAES, Titular de la Cédula de Identidad Nº.V- 16.416.796, YOMAIRA TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.170.758, en su condición de partes en el presente Juicio que instruye este Tribunal por Fijación de Obligación Alimentaria distinguido con el Nº: 243-2.006, se llenaron los extremos de Ley exigidos en el Articulo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y de conformidad con lo establecido en Resolución N° 1278 de fecha 22 de Agosto del Año 200º, publicada en Gaceta Oficial N° 37.036, de fecha 14-09-2000, en donde se establece el Régimen atribuido de competencia en materia alimentaría a los Juzgado de Municipios. Este Tribunal procede a impartir su respectiva Homologación de conformidad así con lo establecido en los Artículos 315 y 317 de la referida Ley.


El Juez Suplente Especial.

Abg: Willian Eduardo Pérez.
La Secretaria Titular.

Abg: Doris Aguilar.


Causa N° 243-2006