REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Guanare; 19 de Diciembre del 2006
196º y 147º



Visto el escrito presentado en esta misma fecha, por el abogado Nelson Marín Pérez, titular de la cedula de identidad N° 8.054.034, inpreabogado N° 20.745, actuando en calidad de apoderado judicial de la parte solicitante, ciudadana DEIBIS RAMONA RODRIGUEZ, en el presente expediente de Acción Mero Declarativa de Concubinato, donde solicito el desistimiento de la causa, en consecuencia se acuerda la entrega la copia solicitada y se expide copia certificada de los folios Nros. 51, 52 y 53, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. El Tribunal le imparte su homologación, de conformidad lo establecido en el artículo 263 del Código Procedimiento Civil. Archívese el expediente y remítase al Archivo Judicial. Líbrese oficio.


La Juez Temporal,



Abog. Thayrhayr Sáez de Oliveros


La Secretaria,


Abog. Florbelia Urquiola Corona


TSdeO/Mery S.
EXP.N° 6954